No hay ninguna duda que el Gobierno puede crear las SAD, lo que cuestionamos es que obligue a la AFA, a que habilite una competencia desleal, donde convivan las asociaciones civiles con grupos económicos a los que solo les interese el fútbol como negocio.
“Hecha la Ley, hecha la trampa» modifiquemos la palabra ley por Decreto y encontraremos que el antiguo refrán tiene plena vigencia.
El día 14 de Agosto de 2024, el Poder Ejecutivo Nacional, en una nuevo capítulo del clásico SAD vs Asociación Civil, publicó en el Boletín Oficial el Decreto 730/2024, mediante el mismo Reglamentó disposiciones del DNU 70/2023, en clara violación a principios básicos del Derecho como el principio de jerarquía y el principio de razonabilidad.
No se puede dejar de soslayar, que al publicar la nueva normativa lo hizo desafiando:
1) El pronunciamiento de las autoridades de la AFA (entidad autónoma) y la postura de las Comisiones Directivas de los 3.5000 clubes que la integran (entidades privadas) que por supuesto tienen la libertad de asociarse con fines útiles (Art. 14 de CN y Art.16 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos), y ello definitivamente incluye la potestad de organizar las competencias, únicamente con clubes que compartan la misma forma jurídica (asociaciones civiles).
2) Que existe una medida judicial vigente, dictada por el Juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, Titular del Juzgado Federal de Mercedes, que había dispuesto el 30 de enero de 2024 la suspensión ( luego confirmada por los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Moran y Marcelo Darío Fernández, integrantes de la Cámara Federal de San Martín) de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023 que habilita la transformación de las Asociaciones Civiles en SAD y que finalmente será la CSJN la que deberá resolver sobre la constitucionalidad del DNU (obviamente por eso tanto interés en por un lado la designación de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla y por otro en la ampliación de la CSJN a 9 miembros)
3) Que el DNU 70/2023 fue rechazado el 14/03/2024 por la Cámara de Senadores del Congreso de la Nación, al iniciar el periplo de control diseñado por la ley 26.122, que es la que regula el trámite y los alcances de la intervención del Congreso respecto de los DNU que dicta el Poder Ejecutivo Nacional.
Pero pasemos a la trampa, en el cambio al régimen de mayorías Antes de todos estos cambios, el tema parecía bastante sencillo, tanto en el artículo Artículo 162 (Código Civil y Comercial de la Nación) como en el Artículo 77 de la Ley 19550 (ley de Sociedades) se requería la unanimidad de los miembros de las personas jurídicas para la transformación (y tenía su lógica porque es pasar de una Asociación Civil a una forma totalmente opuesta como una Sociedad Anónima Deportiva)
Para simplificar el camino, pasamos al voto de dos tercios de los asociados (Artículo 347 del DNU 70/2023).Pero lo que definitivamente allana el terreno es el Art. 1 del DNU 730/2024, porque ahí ya no se refiere a los dos tercios de los asociados, sino a dos tercios de los presentes en la Asamblea Extraordinaria, que considere la decisión de transformarse en SAD.
Los ejemplos de Boca Juniors y River Plate
Vayamos a un caso concreto: Boca Júniors es con River Plate uno de los dos clubes que tienen más socios en nuestro país y superan los 300.000.
a) Si la mayoría necesaria para transformar una asociación civil en SAD, antes de la reforma era unanimidad, eran los 300.000 asociados
b) Si luego pasamos a 2/3 de los asociados, nos referíamos a unas 200.000 voluntades.
c) Si en una nueva interpretación, descontamos a los socios adherentes (sin derechos políticos) a los que no tienen edad o antigüedad para votar o se encuentran en mora con el pago de las cuotas sociales, y tomamos como referencia el padrón de las últimas elecciones en 2023, el número se reduce a poco más de 94.000 socios, por lo que los 2/3 serían 62.000.
d) Tengamos en cuenta que no todos concurren a las elecciones, En las últimas triunfó Riquelme y votaron unos 45.000 socios, es decir que los 2/3 quedarían en 30.000
e) Pero, hete aquí que….!! Si solo se cuentan a los que participan en una Asamblea Extraordinaria, en Boca Júniors hay 210 asambleístas, de los cuales 140 pertenecen al oficialismo y 70 a la oposición, alcanzaría con sentar en la silla y que levanten la mano los Asambleístas de algún oficialismo circunstancial (siguiendo con el caso Boca Júniors por ejemplo si ganaba la formula Ibarra- Macri)
f) Y si finalmente, tomamos dos tercios sobre los presentes, tal vez con solo 100 votos positivos si existe una concurrencia de 150, se podría transformar un club de 300.000 socios en una SAD.
Ante una situación así, un asociado se encontraría legitimado para acudir a la Justicia e impugnar la decisión sobre la base de la inconstitucionalidad de la reglamentación.
Claro que Boca y River pueden continuar como Asociaciones Civiles (como en España lo hicieron Barcelona y Real Madrid) pero los invito a que realicen este cálculo con clubes más chicos, con los del ascenso, con los del interior.
Me pregunto si tendrá que ver con estas cuestiones, la manía del Presidente Javier Milei, de citar en reiteradas ocasiones un pasaje bíblico del libro de los Macabeos, donde unos pocos le ganan a muchos, porque cuentan con las fuerzas del cielo…
De la mera lectura del Artículo 347 del Decreto 70/2023, se advierte sin margen de dudas que no existía nada por reglamentar. Se establece claramente que se requiere el voto de los dos tercios de los asociados, esto es, de todos los asociados.
Lo cierto es que a través la Reglamentación del DNU Bases, El Poder Ejecutivo lo modifica diametralmente y demuestra lo peligroso que pueden ser las reglamentaciones del Decreto y de la Ley Bases que poco le agradarían a Juan Bautista Alberdi. Tal vez Javier Milei deba releer algunos conceptos y frases del abogado y filósofo tucumano, por ejemplo al Presidente le gusta tratar de traidores a los que votan en contra de sus propuestas, Alberdi sostenía que «Es un déspota todo aquel que cree que ser opositor al Gobierno es ser traidor a la patria».
No hay ninguna duda que el Gobierno puede crear las SAD, lo que cuestionamos es que obligue a la AFA, a que habilite una competencia desleal, donde convivan las asociaciones civiles con grupos económicos a los que solo les interese el fútbol como negocio, sin ningún rol social y que solo persiguen un fin de lucro, pero lo realmente inaudito es que además las quiera habilitar de prepo y con una normativa inconstitucional.
La violación del principio de jerarquía de la norma, se produce porque una norma de menor rango (Decreto 730/2024), no puede contradecir o entrar en conflicto, con una norma de cuestionada constitucionalidad pero de indudable mayor rango (DNU 70/2023), es el modelo de la pirámide jurídica que enseñaba el jurista austriaco Hans Kelsen.
Por otra parte, el principio de razonabildad, garantiza la proporcionalidad y la coherencia en la aplicación del derecho, en este caso no ocurre.
Tal vez sea un buen momento, para organizar una gran marcha y plebiscitar la legitimidad de las SAD, como propuso en un artículo de Página 12 el periodista Gustavo Veiga.
Imagino, hinchas con variadas camisetas, participando de una movida pacífica, donde se solicite a los Diputados de las diferentes bancadas (muchos deben ser simpatizantes y/o socios de diferentes clubes), la inmediata derogación del DNU 70/23, paralelamente aguardamos que la CSJN se expida sobre la Constitucionalidad del DNU original y de este Decreto Reglamentario.
Los que empezaron a sentir en carne propia, los efectos de sus posturas son los villanos de esta historia.
El rechazo lo sintió Javier Milei, por entonces Presidente electo. Cuando fue a la Bombonera a votar en las elecciones de Boca Júniors.
La misma suerte corrió Federico Sturzenegger, ideólogo del DNU, en ocasión del clásico platense, por el descontento de los socios de su club Gimnasia y Esgrima de la Plata, entre insultos de los plateístas, primero se detuvo y miró desafiante, finalmente subió raudamente las escaleras y se refugió en un palco.
Otro que no la pasó del todo bien, fue el Ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, integrante de la Comisión Directiva de Rácing Club. Paso en muy poco tiempo de ser el abogado de Luis Segura en el bochornoso 38 a 38, a ser el redactor del Estatuto de su club que prohibe las SAD y ahora es una de las principales espadas que defiende la posibilidad de que arriben las SAD a los clubes. Su viraje tuvo efectos. En su última visita al cilindro de Avellaneda, a pesar de que acude con custodios y también vea el partido desde un palco, fue cuestionado en el playón de estacionamiento y la Agrupación 25 de Marzo ya solicitó que su caso sea evaluado por el Tribunal de Disciplina para que se analice si infringe el Estatuto del club y en caso de que así se determine, exigir su renuncia a la Comisión Directiva.
Un nuevo capítulo de la guerra entre la AFA y el Gobierno por las SAD
Nadie en su sano juicio, y que conste que no me refiero a la salud mental del Presidente que supimos conseguir, puede pensar que todos los clubes que se convirtieron en SAD salieron campeones, que ninguno se fue al descenso o peor aún a la quiebra, lo que si resulta un denominador en común, es que en ninguno se volvió a votar y que las ganancias en lugar de ser reinvertidas en nuevas instalaciones los accionistas se las pueden llevar.
Por otra parte, en los artículos 14, 15 y 19 del Estatuto de FIFA, queda claro que las federaciones como la AFA, deben ser administradas de forma independiente y procurar que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en sus asuntos internos.
La intervención gubernamental, con declaraciones de funcionarios que no descartan la remoción de las autoridades y designar un interventor judicial, puede llevar a sanciones que incluyen la exclusión de todas las competiciones internacionales, a nivel selecciones nacionales y clubes
El tema de permitir las SAD en el fútbol, no reviste ninguna necesidad y urgencia (requisitos indispensables para un DNU)
Salvo casos puntuales como Independiente o San Lorenzo, la mayoría de los clubes se encuentran con mejor salud financiera que el resto de las empresas nacionales.
Para cambiar el modelo con más de 100 años de vida, donde los únicos dueños de los clubes son los socios, y que el negocio del fútbol quede en mano de inversores amigos se declama, como si fueran espejitos de colores, una supuesta lluvia de inversiones.
No pueden exhibir sus balances, tampoco el origen de los fondos que acercarían y mucho menos que esto haya resultado una experiencia positiva en los países de Latinoamérica.
Por estas playas, no solo las aguas bajan turbias, muchas veces no acercan negocios sino negociados, para quedarse con la materia prima (jugadores de fútbol).
El fútbol es una de las pocas actividades que realiza ventas, cada vez más abultadas en millones de dólares.
En los últimos dos años, River Plate y considerando solamente las cuatro principales transferencias, recaudó más de 120 millones de dólares a saber: Enzo Fernández 48.25 millones de euros (Benfica/Chelsea en 2022 y 2023) Lucas Beltrán 25 millones de euros (Florentina 2023)
23 millones de euros ( Manchester City en 2024) y Julián Álvarez (21.4 millones de euros a Manchester City en 2022) y próximamente serán por ejemplo los Franco Mastantuono o Daniel Zabala con cláusulas de salida por 45 y 30 millones de euros respectivamente. No es para que se preocupe Cargill, pero nada despreciable, en especial para grupos económicos de dudosa procedencia y/o solvencia.
Nada de lo que analizamos seria posible sin la iniciativa del gobierno que no solo tiene un origen ideológico, probablemente existan empresarios “fassilitadores” de beneficios, para políticos y funcionarios de turno.
Resulta contradictorio que Javier Milei, que utilizó hasta el hartazgo la palabra libertad, (al punto que muchos ya no recuerdan su verdadero significado o peor aún lo distorsionan y creen que se trata únicamente del libre mercado) no respete la libertad de decir que no. Su insistencia, obliga al igual que ocurre con otro tema importante como la violencia de género, que se debe utilizar una frase categórica y contundente «NO ES NO«
Ante la negativa, lo correcto sería que el Gobierno tome nota y lo acepte, pero redobla la apuesta y apela a un Decreto que desnaturaliza la mayoría requerida por el DNU. En definitiva, el Gobierno acude a la ayuda de las fuerzas del cielo (para que pocos puedan vencer a muchos) y por las dudas por si la mayoría silenciosa decide reaccionar, tiene preparadas las fuerzas de la tierra, por un lado con el Protocolo Anti-Marchas, de la que para Javier Milei pasó de colocar bombas en jardines de Infantes a ser la persona ideal para el Ministerio de Seguridad Patricia Bullrich, y por el otro lado la conformación de una Corte Suprema de Justicia que le evite sorpresas.
(*) Presidente Foro Social del Deporte, Ex Presidente y Vicepresidente Club Atlético Atlanta